La Agencia Nacional de Ciberseguridad de Chile (ANCI) presentó este miércoles un resumen ejecutivo con los resultados de la consulta pública realizada en el marco de la segunda etapa del primer procedimiento de calificación de Operadores de Importancia Vital (OIV), proceso contemplado en la Ley Marco de Ciberseguridad y orientado a identificar entidades cuya operación resulta relevante para el funcionamiento del país.

La consulta pública se desarrolló tras la publicación de la nómina preliminar aprobada mediante la Resolución Exenta N° 85, difundida en el Diario Oficial el 24 de abril de 2026. Durante el período establecido, personas naturales y jurídicas pudieron presentar observaciones respecto de las entidades incluidas en el listado preliminar y aportar antecedentes para su evaluación.

Según el informe, la primera fase del procedimiento abordó sectores como generación, transmisión y distribución eléctrica; telecomunicaciones; infraestructura digital; servicios digitales; tecnologías de la información gestionadas por terceros; banca; medios de pago; salud; empresas públicas y organismos de la Administración del Estado. En esa etapa se identificaron preliminarmente 1.712 entidades, de las cuales 915 fueron finalmente declaradas como Operadores de Importancia Vital tras las instancias de consulta y descargos.

La segunda etapa —cuyas conclusiones fueron publicadas este miércoles— se concentraron en otros servicios esenciales, incluyendo transporte, almacenamiento y distribución de combustibles; agua potable y saneamiento; transporte terrestre, ferroviario, marítimo y aéreo; seguridad social; servicios postales; producción e investigación farmacéutica; y servicios prestados bajo concesión pública. Como resultado del análisis técnico realizado con apoyo de organismos sectoriales, 372 instituciones fueron precalificadas como OIV y sometidas a consulta pública.

Para esta etapa, el proceso de participación estuvo abierto entre el 24 de abril y el 25 de mayo de este año a través del portal de la ANCI, y los participantes pudieron utilizar formularios específicos para caracterización, observaciones sobre entidades incluidas en la nómina preliminar y observaciones sobre organizaciones no consideradas inicialmente. La Agencia informó que en ese período se recibieron un total de 439 comentarios.

Entre las principales observaciones figuraron solicitudes para incorporar organizaciones vinculadas a telecomunicaciones, infraestructura crítica de comunicaciones, certificación electrónica, firma electrónica avanzada, plataformas de imagenología clínica y otros servicios digitales considerados relevantes para la continuidad operacional de distintos sectores.

Otra parte importante de las observaciones —mencionadas en el punto 2— correspondió a organizaciones que cuestionaron su inclusión preliminar como OIV. Algunas entidades de los sectores transporte, combustibles, agua potable, seguridad social y farmacéutico argumentaron que no cumplirían todos los criterios establecidos por la Ley Marco de Ciberseguridad, especialmente en lo relativo a la dependencia de redes y sistemas informáticos para la prestación de sus servicios.

El informe también identificó inquietudes sobre la implementación práctica de las obligaciones asociadas a la calificación OIV y consultas sobre los plazos esperados para cumplir los requerimientos que establece la normativa. Una de las observaciones más interesando del documento reconoce que “si bien hay amplio reconocimiento de la importancia de esta calificación, hay dudas aún sobre la implementación práctica”.

La ANCI destacó además que “las observaciones sistematizadas en este informe son un insumo técnico relevante para la ponderación técnica y fundada de los precalificados”. El organismo indicó que los antecedentes recopilados serán considerados en las siguientes etapas del procedimiento, con el objetivo de elaborar una nómina definitiva que refleje los criterios de dependencia, impacto y alcance definidos por la Ley N°21.663.

La publicación de los resultados de la consulta constituye una etapa previa a la resolución que definirá la nómina final de entidades calificadas como Operadores de Importancia Vital. Estas organizaciones quedarán sujetas a las obligaciones y exigencias establecidas en la Ley Marco de Ciberseguridad para los actores considerados críticos para la continuidad de servicios esenciales.