La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó en el Diario oficial de Perú la Resolución SBS N.° 01741-2026, mediante la cual modifica los reglamentos de Gestión de Conducta de Mercado y de Comisiones y Gastos del Sistema Financiero, incorporando nuevas obligaciones para las entidades supervisadas relacionadas con la comunicación de eventos que puedan afectar a los usuarios. La norma busca fortalecer la protección de los clientes del sistema financiero frente a incidentes operacionales y de ciberseguridad.
Entre los cambios más relevantes se establece que las entidades financieras deberán informar, a través de medios de difusión masiva, sobre interrupciones en los canales de atención, incidentes de ciberseguridad que afecten a los usuarios y otros eventos que generen perjuicios en los saldos de cuentas o líneas de crédito.
De acuerdo con el comunicado oficial de la entidad, las entidades deberán realizar esta comunicación “a través de medios de difusión masiva dentro de las 24 horas de haber tomado conocimiento del evento”. Para los eventos distintos de las interrupciones de los canales, también deberá efectuarse una comunicación a los usuarios afectados dentro de los diez días hábiles siguientes, detallando el incidente y las acciones adoptadas.
La SBS señaló que las modificaciones fueron adoptadas «con la finalidad de reforzar la protección de los usuarios del sistema financiero». Asimismo, la autoridad precisó que las entidades deberán informar sobre » deberán informar oportunamente a los usuarios sobre los eventos que puedan afectarlos, incluidos aquellos relacionados con interrupciones en los canales de atención, incidentes de ciberseguridad que afecten a usuarios».
La resolución también incorpora medidas orientadas a la comercialización y contratación de productos financieros. Entre ellas, exige que las entidades diseñen sus productos considerando el público objetivo al que están dirigidos y que, en los canales digitales, la información contractual sea clara, visible y de fácil acceso.
Las modificaciones incorporan además nuevas obligaciones relacionadas con la atención al cliente. Entre ellas destacan que las entidades que dispongan de sistemas automatizados deberán ofrecer una alternativa de atención personal. Estas disposiciones forman parte de la adecuación normativa a recientes cambios en la legislación peruana sobre protección del consumidor.


