El pasado viernes se publicó en el Diario Oficial un texto con recomendaciones del Consejo para la Transparencia sobre la Transparencia Algorítmica. El documento introduce directrices cruciales para la publicación de información referente a sistemas de decisiones automatizadas (SDA) y semiautomatizadas, y sus recomendaciones buscan fortalecer la transparencia y permitir a los ciudadanos comprender cómo se utilizan estos sistemas en la administración pública.
El pasado viernes 30 de agosto se publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta 372 que aprueba las recomendaciones del Consejo para la Transparencia sobre transparencia algorítmica, el que busca ser una herramienta para el uso responsable de inteligencia artificial por parte del sector público chileno.
El principal objetivo de estas recomendaciones busca promover buenas prácticas en la transparencia y publicidad de los sistemas de decisiones automatizadas y semiautomatizadas en el sector público, asegurando tanto el derecho de acceso a la información como la publicación proactiva de información relevante.
Esta obligación incluye detalles sobre sistemas que influyen en subsidios, servicios públicos (salud, educación, protección social, seguridad), permisos administrativos y procedimientos fiscalizadores.
Dentro del mismo documento se define a los sistemas decisiones automatizadas o semiautomatizadas (SDA) como tecnologías que asisten o reemplazan la toma de decisiones en actos administrativos o con efectos jurídicos, incluyendo sistemas predictivos, de IA, y aprendizaje automático. No se incluyen tecnologías como almacenamiento de datos o ciberseguridad, ni sistemas en desarrollo o pruebas, y a la Transparencia Algorítmica como la publicación de información sobre SDA para prevenir resultados injustos y proteger derechos fundamentales, respetando causales de secreto o reserva.
Entre las principales recomendaciones que entrega el documento elaborado por el Consejo para la Transparencia, se encuentran el uso de Lenguaje Claro, la Transparencia en Contratación y Desarrollo, la Normativa Vinculada, el Derecho de Acceso y Causales de Secreto, los Sistemas de Caja Negra, la Gestión Interna, la Transparencia en Herramientas de Atención Pública (el uso de SDA en atención al público, como chatbots) y el rol que cumplirá la Coordinación con el Consejo para la Transparencia.
El documento también introduce un nuevo ítem en los sitios web, denominado «Transparencia Algorítmica», que se desglosa en tres subítems: Sistemas de Decisiones, con información detallada sobre los SDA utilizados, su versión, derechos de propiedad y proveedores; Servicios y Trámites, que describe los servicios, trámites y procedimientos en los que se aplican los SDA; y las especificaciones sobre datos para el funcionamiento de los SDA, incluyendo objetivos, métodos y tipos de datos empleados.
Otro de los elementos que aborda el documento es el acceso a la información, la que debe ser completa y actualizada mensualmente. En situaciones donde se requiera secreto o reserva, la publicación debe ajustar el nivel de detalle permitido, siguiendo el principio de divisibilidad.
Para facilitar el cumplimiento, se proporcionarán plantillas y se creará un portal de transparencia para asistir a los organismos en la publicación de esta información. Estas medidas tienen como fin proporcionar claridad y permitir una mejor comprensión de los sistemas automatizados utilizados en el sector público.
Este enfoque busca mejorar la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en el uso de tecnologías que afectan decisiones importantes en la administración pública.
