La Universidad de Chile acude a la justicia para revertir su inclusión como operador de importancia vital

La casa de estudios cuestionó ante la Corte de Apelaciones la decisión de la ANCI, argumentando que carece de criterios técnicos claros para clasificarla como OIV y cuestionando las obligaciones que ello conlleva, en especial los millonarios gastos en los que deberá incurrir.

La Universidad de Chile decidió acudir a la justicia para revertir la decisión de la Agencia Nacional de Ciberseguridad (ANCI) de incluirla en la lista de Operadores de Importancia Vital (OIV), un estatus previsto en la Ley Marco de Ciberseguridad y que obliga a las entidades seleccionadas a implementar estrictas medidas de protección digital consideradas críticas para la seguridad nacional. Según un recurso presentado por la rectora Rosa Devés ante la Corte de Apelaciones de Santiago, la medida implicaría costos operativos significativos que, a su juicio, no se ajustan a criterios de racionalidad ni eficiencia en el uso de recursos públicos.

El recurso de ilegalidad presentado por la Universidad sostiene que la designación incluye la obligación de contratar personal adicional, adquirir infraestructura, software y certificaciones, y recurrir a consultorías externas lo que, en estimaciones de la casa de estudios, elevaría los gastos en torno a 3.700 millones de pesos anuales, lo que “no se condice con los principios de eficiencia, eficacia y responsabilidad en el uso de recursos públicos”, de acuerdo a lo que afirma el documento al que tuvo acceso el programa Informe Especial de TVN.

En la presentación judicial, la universidad habría argumentado que las únicas funciones que debieran considerarse críticas respecto a la seguridad de la información son aquellas vinculadas a ámbitos clínico-asistenciales y a la función de resolución de nombres de dominio del país, excluyendo el resto de sus actividades que, según sostienen, “no alcanza el umbral de impacto requerido” para justificar la calificación como OIV.

La Universidad de Chile también discute que, existiendo otras 16 universidades públicas y privadas en el país, ninguna de estas fue incluidas en la nómina de OIV, pese a que operan con niveles similares de tecnología y datos. Entre esas instituciones figuran las universidades de Santiago, Valparaíso, Bío-Bío, UTEM, Talca, O’Higgins y Playa Ancha, lo que, según la demanda, evidencia una aplicación inconsistente de los criterios de la ANCI.

De acuerdo con Informe Especial, además de la Universidad de Chile, otros siete recursos se habrían ingresado en las últimas semanas tras la publicación de la lista de los OIV por parte de la ANCI, en su mayoría por empresas privadas que también cuestionan la arbitrariedad de la calificación y su impacto económico. Los reclamantes sostienen que, sin considerar la capacidad financiera de cada entidad, la imposición de obligaciones podría llevar incluso a la insolvencia.

En el marco de la normativa, las instituciones designadas como OIV deben cumplir con estándares elevados de prevención y respuesta ante incidentes de ciberseguridad, y su incumplimiento puede acarrear multas de hasta miles de millones de pesos.

La ANCI, por su parte, ha defendido la clasificación, señalando que ser considerado un OIV no constituye una sanción, sino un reconocimiento del rol esencial que ciertas instituciones desempeñan para el funcionamiento del país. La agencia argumenta que el proceso se realizó conforme a la ley y que los recursos presentados por un número reducido de entidades “corresponden a casos aislados”, sin afectar el consenso general sobre la legitimidad de la designación.